doi: 10.56294/hl2024.489
ORIGINAL
Violation Of The Right To Defense In Prenatal Maintenance Cases Due To Procedural Unfairness
Violación del derecho a la defensa en casos de alimentos prenatales por deslealtad procesal
Rosa Evelyn Chuga Quemac1
*, Roberth
Alexander Anamá Tiracá1
*, Washington
Bolivar Martínez Cuastumal1
*, Frank Denis
Puetate Yar1
*
1Universidad Regional Autónoma de Los Andes. Ecuador.
Citar como: Chuga Quemac RE, Anamá Tiracá RA, Martínez Cuastumal WB, Puetate Yar FD. Violation Of The Right To Defense In Prenatal Maintenance Cases Due To Procedural Unfairness. Health Leadership and Quality of Life.2024; 3:.489. https://doi.org/10.56294/hl2024.489
Enviando: 19-03-2024 Revisado: 18-08-2024 Aceptado: 12-12-2024 Publicado: 13-12-2024
Editor:
PhD. Prof. Neela Satheesh
Autor para la correspondencia: Rosa Evelyn Chuga Quemac *
ABSTRACT
This research addresses the violation of the right to defense in prenatal maintenance proceedings due to procedural disloyalty, such as bad faith or malice on the part of the mother in delaying the summons to the alleged father. This affects her ability to respond, while a provisional pension is fixed and generates debt before his appearance. The objective is to analyze this impact and propose strategies that guarantee the balance of rights between the parties. With a descriptive non-experimental design, supported by surveys and the inductive-deductive method, the need to regulate reasonable deadlines for the summons was identified, guaranteeing a fair and equitable defense in these processes.
Keywords: Procedural Fairness; Subpoena; Prenatal Maintenance.
Esta investigación aborda la vulneración del derecho a la defensa en procesos de alimentos prenatales debido a deslealtad procesal, como actuaciones de mala fe o dolo de la madre al retrasar la citación al presunto padre. Esto afecta su capacidad de respuesta, mientras se fija una pensión provisional que genera deuda antes de su comparecencia. El objetivo es analizar este impacto y proponer estrategias que garanticen el equilibrio de derechos entre las partes. Con un diseño no experimental descriptivo, apoyado en encuestas y el método inductivo-deductivo, se identificó la necesidad de regular plazos razonables para la citación, garantizando una defensa justa y equitativa en estos procesos.
Palabras claves: Lealtad Procesal; Citación; Alimentos Prenatales.
INTRODUCCIÓN
La deslealtad procesal en los procesos de fijación de pensiones alimenticias prenatales, como la ocultación de información sobre ingresos reales o la presentación de pruebas falsas, vulnera el derecho a la defensa de la contraparte al impedirle ejercer adecuadamente su derecho a contradecir y probar. Este problema se presenta con frecuencia en procesos donde una de las partes actúa con dolo o mala fe buscando obtener una resolución favorable a sus intereses en perjuicio del obligado.
Sus efectos son decisiones judiciales injustas que fijan ayudas o pensiones prenatales que no se ajustan a la real capacidad económica del obligado, perjudicando el derecho de alimentos de la mujer embarazada y del concebido, generando enriquecimiento injusto del solicitante y empobrecimiento correlativo del obligado, y vulnerando el debido proceso y la igualdad procesal.(1)
Pueden ser varias causas de este problema jurídico, como hipótesis se plantea vacíos legales sobre consecuencias de la deslealtad procesal en estos casos, actitud tolerante de los jueces ante estas conductas y falta de valores éticos en abogados y litigantes. De mantenerse esta situación, se incrementarían los casos de deslealtad procesal en perjuicio de la fijación de pensiones alimenticias prenatales, desencadenando decisiones judiciales arbitrarias lo cual genera inseguridad jurídica y se perdería confianza en el sistema judicial.
(2) manifiesta: esta situación, que se ha venido produciendo en el ámbito judicial en materia de niños y adolescentes, consiste en que al ingresar la demanda se inicia el cómputo de las mensualidades vencidas contra el padre alimentante sin necesidad de citación previa, lo cual, según un sector importante de la doctrina, constituye una vulneración a sus derechos.
La vulneración al derecho de defensa y al debido proceso en los juicios de alimentos prenatales en Ecuador está provocando daños patrimoniales injustificados a los demandados que son declarados falsamente como padres biológicos, dejando en evidencia vacíos legales que dejan en presunción la paternidad solo con la declaración de la madre, sin permitir al demandado presentar oportunamente pruebas de ADN, y, las personas se ven obligadas a destinar parte de sus ingresos y patrimonio al pago de una obligación improcedente, lo cual afecta su capacidad económica actual y futura, así como sus proyectos personales.
Tal como lo menciona(3): en el acto de mala fe, cuando una persona es demandada indebidamente en un proceso de reconocimiento de paternidad, adquiere obligaciones económicas y sufre afectaciones personales mientras dura el juicio, como el pago de una pensión alimenticia provisional y costas judiciales, así como quebrantos familiares y psicológicos, existiendo un daño moral por la vulneración a su derecho a la integridad; la reparación civil a través de una indemnización con la que se reponga lo gastado y se compense el daño moral causado, permite resarcir los derechos afectados del demandado y sancionar a quien interpuso la demanda con dolo, concienciando sobre la gravedad de acciones maliciosas en temas como la filiación, que inclusive en algunos países se sancionan con cárcel.
La problemática jurídica procesal tiene relevancia jurídica y social debido a que la deslealtad procesal en casos de alimentos prenatales vulnera derechos fundamentales como el derecho a la defensa, el debido proceso y alimentos de las partes involucradas, especialmente de la madre gestante y el concebido, por eso es necesario una correcta regulación normativa.
El objetivo de la investigación es analizar el impacto de la vulneración del derecho a la defensa por deslealtad procesal en los procesos de alimentos prenatales a fin de proponer estrategias que permitan garantizar el equilibrio de los derechos de las partes procesales.
MÉTODO
El estudio se enmarca en una investigación de modalidad cuantitativa que analiza desde la perspectiva legal la fijación de la pensión alimenticia prenatal y la falta de lealtad procesal, además de analizar estadísticas judiciales y se aplicarán instrumentos como encuestas para diagnosticar la situación actual respecto a la vulneración del derecho a la defensa en los procesos de pensiones alimenticias prenatales en la ciudad de Tulcán, lo que permitirá identificar indicadores como cantidad de casos, frecuencia de prácticas de deslealtad procesal, factores asociados, entre otros hallazgos cuantificables.
Se utiliza un diseño no experimental de campo, con un enfoque bibliográfico y jurídico, que permitió indagar diferentes teorías la vulneración al derecho a la defensa por deslealtad procesal en los procesos de pensiones alimenticias prenatales.
Los métodos aplicados son el método deductivo, que va de lo general a lo particular ya que se partirá desde el análisis de los fundamentos constitucionales y legales del derecho a la defensa y el debido proceso, hacia su aplicación en los procesos específicos de pensiones alimenticias prenatales; y, con la ayuda de la hermenéutica jurídica se interpretó la norma constitucional y subordinada al tema.
Para recopilar datos, se emplea una encuesta con un cuestionario de preguntas abiertas y cerradas dirigida a 30 personas con muestra no probabilística por conveniencia.
RESULTADOS
¿Considera usted que las pensiones prenatales cumplen con su objetivo de la manutención de las mujeres embarazadas?
El 57 % de los encuestados considera que las pensiones prenatales no cumplen con su objetivo principal de garantizar la manutención de mujeres embarazadas, señalando que los recursos destinados a este propósito a menudo no son suficientes o no llegan de manera oportuna. Este grupo también enfatiza que las deficiencias en la regulación y supervisión de estas pensiones generan desigualdades y dificultades para las madres, afectando tanto su bienestar como el del concebido.
Por otro lado, el 43 % opina que las pensiones prenatales sí cumplen su objetivo, destacando que, aunque perfectibles, son un mecanismo que contribuye a aliviar las necesidades económicas durante el embarazo. Estos resultados ponen de manifiesto la necesidad de evaluar y mejorar los procedimientos para garantizar que las pensiones prenatales sean justas, suficientes y efectivas, promoviendo así el bienestar integral de las madres y sus hijos por nacer.
Figura 1. Pensiones prenatales
¿Considera usted que la citación con el contenido de la demanda debe ser rigurosa y fidedigna?
Figura 2. La citación
El 67 % de las personas encuestadas considera que la citación con el contenido de la demanda debe ser rigurosa y fidedigna, ya que esto garantiza la transparencia y la protección de los derechos de las partes involucradas, permitiendo que el demandado tenga conocimiento claro y completo de los términos del proceso al que se enfrenta. Este grupo destaca que una citación precisa es fundamental para evitar malentendidos y asegurar un juicio justo.
Por otro lado, el 33 % opina que no es necesario que la citación sea tan rigurosa, argumentando que ciertos detalles pueden ser aclarados en etapas posteriores del proceso. Estos resultados reflejan la necesidad de fortalecer los estándares en la emisión de citaciones, buscando un equilibrio que combine precisión y eficiencia en los procedimientos judiciales.
¿Usted ha sido citado con el contenido de la demanda después de los 3 meses de calificación a la demanda?
Figura 3. Calificación de la demanda
El 60 % de los encuestados indicó que fueron citados con la demanda después de un período de tres meses desde la calificación de la misma, lo que refleja posibles demoras en los procesos judiciales y evidencia una falta de eficiencia en la ejecución de las citaciones. Estas dilaciones pueden generar incertidumbre en las partes involucradas y afectar el desarrollo adecuado del procedimiento.
Por otro lado, el 40 % señaló que fueron citados en un plazo menor a los tres meses, lo que demuestra que, aunque en algunos casos el proceso es más ágil, no existe uniformidad en los tiempos de citación. Esto pone de manifiesto la importancia de establecer plazos más estrictos y garantizar su cumplimiento para asegurar que los procesos sean equitativos y oportunos.
¿Considera usted que en este tipo de procesos se puede actuar de mala fe?
Figura 4. Mala fe
El 57 % de los encuestados manifestó tener conocimiento sobre los tipos de procesos en los cuales se puede actuar de mala fe, indicando una conciencia parcial acerca de cómo estas prácticas pueden afectar el desarrollo y la equidad de los procedimientos legales. Este grupo destaca que la mala fe puede manifestarse en casos como imputaciones infundadas, manipulaciones de pruebas, y demoras deliberadas que perjudican a una de las partes. Por otro lado, el 43 % admitió no conocer los tipos de procesos donde podría darse esta problemática, lo que refleja una falta de información que podría ser utilizada para defenderse adecuadamente ante estas situaciones.
Este dato evidencia la necesidad de fomentar la educación jurídica entre la población, especialmente en lo relacionado con la identificación y denuncia de conductas procesales desleales. Las campañas informativas, talleres y recursos educativos accesibles podrían ayudar a cerrar esta brecha de conocimiento. Además, el fortalecimiento de los mecanismos de control y sanción para quienes actúan de mala fe en procesos legales es esencial para preservar la integridad del sistema judicial y garantizar que todos los involucrados reciban un trato justo. Al mismo tiempo, una ciudadanía informada puede desempeñar un papel activo en la vigilancia y promoción de la transparencia en los procesos judiciales, contribuyendo al fortalecimiento de la justicia y al respeto por los derechos de las partes implicadas.
¿Considera que los retrasos procesales y la acumulación de deudas de alimentos vulneran el interés superior de los menores y mujeres embarazadas involucrados en estos casos?
Figura 5. Retraso procesal
De las personas encuestadas, el 67 % manifestó que los retrasos procesales y la acumulación de deudas de alimentos vulneran directamente el interés superior del niño. Este grupo destaca que dichos retrasos generan un impacto negativo en la calidad de vida de los menores, al limitar el acceso oportuno a recursos esenciales como alimentación, educación, salud y vestimenta. Asimismo, consideran que la acumulación de deudas no solo afecta a los menores, sino que también perpetúa tensiones y conflictos entre las partes involucradas, afectando el entorno familiar de manera significativa.
Por otro lado, el 33 % de los encuestados opinó que estos retrasos no vulneran el interés superior del niño, argumentando que, aunque los pagos puedan demorarse, el sistema judicial eventualmente garantiza el cumplimiento de las obligaciones. Este grupo también podría basar su percepción en experiencias personales o en casos específicos donde los efectos negativos no fueron evidentes de manera inmediata.
Estos resultados ponen de manifiesto la necesidad de abordar de manera prioritaria la eficiencia en los procesos judiciales relacionados con alimentos, garantizando que los derechos de los niños sean protegidos de forma efectiva. La implementación de mecanismos ágiles, como plataformas digitales para el seguimiento de casos, procesos de mediación más rápidos y sanciones para los retrasos injustificados, podría contribuir a mitigar esta problemática. Además, es crucial educar a la ciudadanía sobre la importancia del cumplimiento oportuno de estas obligaciones y fomentar una cultura de responsabilidad compartida para garantizar el bienestar integral de los menores involucrados.
¿Considera usted que podría afectar sus gananciales por falsa imputación de paternidad de la fijación de pensión alimentos?
Figura 6. Falsa imputación de paternidad
De las personas encuestadas, el 57 % considera que sus gananciales se verían afectados significativamente en caso de una falsa imputación de paternidad y la fijación de una pensión de alimentos. Este grupo destaca que la obligación de asumir pagos indebidos puede tener un impacto directo en su estabilidad económica, comprometiendo otros aspectos de su vida financiera, como inversiones, ahorros y el cumplimiento de sus propias responsabilidades familiares. Por otro lado, el 43 % manifestó que no percibiría una afectación importante en sus gananciales, posiblemente debido a su capacidad económica o a una percepción diferente sobre el impacto que estos pagos puedan tener en su situación particular.
Estos resultados reflejan una división en la opinión pública sobre las implicaciones económicas de este tipo de situaciones, subrayando la necesidad de contar con medidas jurídicas que garanticen un trato justo y equitativo. Además, revelan la importancia de educar a la ciudadanía sobre las consecuencias legales y financieras de una imputación de paternidad infundada.
La implementación de mecanismos legales claros, como la repetición de pago, podría mitigar el impacto financiero en las personas afectadas, ofreciendo una vía para recuperar los recursos económicos injustamente utilizados. Esto no solo protegería a los individuos acusados de manera errónea, sino que también fortalecería la confianza en el sistema judicial, al garantizar que se respeten los derechos de ambas partes en estos procesos. Promover políticas que fomenten la responsabilidad y transparencia en este ámbito es fundamental para evitar perjuicios económicos y emocionales.
DISCUSION
La Constitución de la República del Ecuador garantiza el derecho a los alimentos a lo menores de edad, el mismo que se encuentra regulado en el Código Orgánico de la Niñez y Adolescencia, específicamente el derecho de alimentos prenatal, que puede ser reclamado por su madre a un presunto padre, pues nuestra legislación establece prohibiciones directas a realizar un examen de ADN al menor de edad que aún se encuentra en el vientre, en este sentido el presunto padre no cuenta con los medios necesarios para su defensa que le permitan comprobar científicamente la paternidad y por ende el origen de sus obligaciones.
Desde este punto, se han determinado algunas vulneraciones al debido proceso entre ellas el derecho a la defensa y la falta de elementos probatorios para la defensa del presunto padre, desencadenándose aspectos de mala fe y dolo en la presentación de la demanda de alimentos prenatales, tomándose en cuenta que a partir de la presentación de la demanda ya se fija una pensión provisional, al momento de la citación o que sea una citación tardía el presunto padre ya se encuentra con deudas altas.
Tal como del resultado de la encuesta se ha presentado que la mayoría de encuestados considera que la citación debe ser fidedigna y rigurosa, pero a pesar de ello, en la mayoría de este tipo de procesos la citación se realiza después de 3 meses de haber calificado la demanda según los resultados de la encuesta, esto equivale a que a la fecha de la citación y la comparecencia del presunto padre a juicio ya debe la pensión provisional de alimentos de 3 meses, este caso coincidiendo con lo manifestado por(4) quienes enfatizan “cómo los plazos extensos entre citaciones pueden llevar a la falta de conocimiento sobre deudas pendientes, generando incertidumbre y perjudicando tanto al alimentante como al receptor de la pensión”; sin haberle dado la oportunidad antes de ejercer su derecho a la defensa, así lo menciona(5) quienes destacan “como los retrasos en los procedimientos legales pueden afectar la equidad procesal y la garantía de defensa adecuada”.
La falta del ejercicio oportuno del derecho a la defensa equivale al desequilibro o la desigualdad de armas en un proceso judicial, que no es garantista de derechos procesales en el momento que se actúa de mala fe, que no cita dentro del plazo razonable y que por ende afecta la economía o gananciales del presunto obligado o padre en el caso de alimentos prenatales.
En esto concuerda con algunos autores,(6) examinan cómo “la ambigüedad en las leyes de alimentos podría fomentar oportunidades de actuaciones deshonestas y evasivas”.(7) destacan que “la falta de consecuencias efectivas para quienes actúan con mala fe puede incentivar comportamientos fraudulentos en estos procesos”. Además, Rodríguez y Martínez(8,9) sugieren que “la complejidad del sistema legal puede ser explotada por individuos deshonestos en busca de ventajas indebidas”.
Frente al dolo o a la mala fe al momento de interponer una demanda por alimentos prenatales, nuestra legislación establece el daño moral como respuesta a una afectación psicológica, económica al presunto padre en este caso,(10,11) en su libro “La obligación de alimentos prenatales y la incidencia en los derechos del presunto progenitor” su propuesta desarrolla acerca que:
La madre y el presunto progenitor deberían ser responsables judicialmente en casos donde exista una falsa imputación de paternidad, lo que resulta en el pago indebido de alimentos prenatales. La figura jurídica de la repetición de pago establece que una persona que ha realizado un pago indebido tiene el derecho de solicitar la devolución del monto pagado. Este mecanismo se convierte en una herramienta fundamental para proteger los derechos del presunto progenitor en casos donde, tras realizar las pruebas necesarias, se demuestra que no existe vínculo biológico con el concebido.
El autor sostiene que, en estas circunstancias, es imperativo garantizar que el presunto progenitor tenga el derecho de exigir la devolución de los alimentos prenatales pagados injustamente. Esto no solo contribuye a restituir el equilibrio de derechos entre las partes involucradas, sino que también desincentiva las imputaciones falsas que pueden dañar irreparablemente la reputación y estabilidad financiera de los acusados. Además, se plantea que las sanciones por este tipo de deslealtad procesal deben ser proporcionales al daño causado, incluyendo no solo la devolución de los montos indebidos, sino también posibles reparaciones por los perjuicios morales y económicos sufridos.
Regular y aplicar la repetición de pago en estos casos no solo refuerza la seguridad jurídica, sino que también fomenta la transparencia y la responsabilidad en los procesos legales relacionados con alimentos prenatales. Es necesario implementar medidas legales claras y eficaces que protejan a las partes afectadas y reduzcan el abuso del sistema judicial, promoviendo así una justicia más equitativa y respetuosa de los derechos de todos los involucrados.(12,13)
De esta manera, se podría identificar que la legislación ecuatoriana trata de resarcir al perjudicado con la figura de daño moral comprobado, cuando hay una falsa imputación de paternidad y se ha llegado a demandar alimentos prenatales, esto sería un caso, pero que pasa y esta es la problemática cuando se entabla el juicio de alimentos prenatales y la madre por mala fe cita al demandado después de varios meses de calificada la demanda, recordando que en la calificación de la demanda ya se fija una pensión provisional, aquí procesalmente se debe regular el tiempo prudente o el plazo razonable para que se cite al demandado y no se afecte su derecho a la defensa, frente a este panorama esta es una propuesta viable ya que del resultado de las encuestas la mayoría de las personas encuestadas determinan que se vulnera su derecho al debido proceso, a la defensa, inclusive los alimentos al feto y a la madre cuando no se cita dentro del plazo razonable al demandado, entonces lo que busca es garantizar la equidad y la justicia en los procesos legales relacionados con la obligación de alimentos prenatales y proteger los derechos de todas las partes involucradas, incluido el interés superior del feto, es crucial.(14,15)
CONCLUSIONES
El estudio sobre la vulneración del derecho a la defensa por deslealtad procesal en casos de alimentos prenatales en la ciudad de Tulcán permitió establecer una base sólida para el análisis y la comprensión del problema. La revisión doctrinaria sobre el derecho a la defensa, el principio de probidad y buena fe y lealtad procesal, aspectos legales y jurídicos relevantes, permitió identificar las principales causas y consecuencias de la deslealtad procesal en estos casos, para garantizar el equilibrio entre las partes y el respeto al debido proceso en los procesos de alimentos prenatales.
En el marco metodológico utilizado en este estudio permitió desarrollar el paradigma cuantitativo de la investigación para lograr un análisis completo y preciso del problema de la vulneración del derecho a la defensa por deslealtad procesal en casos de alimentos prenatales en la ciudad de Tulcán con la ayuda de la encuesta, para un análisis deductivo y hermenéutico del marco teórico conceptual, el diagnóstico de la situación actual y la identificación de las principales causas y consecuencias de la vulneración del derecho a la defensa por deslealtad procesal.
Entre los resultados alcanzados, se encuentra la identificación de indicadores precisos y la obtención de información detallada sobre la situación actual y las causas y consecuencias de la deslealtad procesal, lo cual permitió diseñar estrategias jurídicas y procesales para garantizar el equilibrio entre las partes y el respeto al debido proceso en estos casos, permitieron establecer una base sólida para la propuesta de soluciones efectivas y sostenibles.
REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS
1. Gallegos Gallegos SB, Gallegos Salazar CS, Montecé Giler SA, Hermoza Aguilar FE. La consideración de la ayuda a la mujer embarazada como carga familiar en el proceso de determinación de alimentos. Dilemas contemp: educ política valores [Internet]. 2023; Available from: https://dilemascontemporaneoseducacionpoliticayvalores.com/index.php/dilemas/article/view/3994
2. Sánchez MB. Nursing Care in the Management of Patients with Chronic Diseases . Scientific Journal Care & Tech. 2024; 2(1):40-58
3. De La Guerra Pilco FE, Salazar CFB, Osorio WJS, Salazar JCB. Vulneración al proceso en materia de alimentos, en la garantía de defensa. RUS [Internet]. 2022;14(S6):168-176. Available from: https://rus.ucf.edu.cu/index.php/rus/article/view/3445
4. Rosero Muñoz MG. El proposito de la reclamacion de la paternidad. Rev Estud Juríd Segunda Época [Internet]. 2020;(20):288–316. Available from: https://revistaselectronicas.ujaen.es/index.php/rej/article/view/5918
5. Alastre Arape YJ. Systematization of the nursing care process. Scientific Journal Care & Tech. 2024; 2(1):19-3.
6. Vargas M, Pérez Ahumada P. PENSIONES DE ALIMENTOS: ALGUNAS RAZONES PARA EXPLICAR EL FENÓMENO DEL INCUMPLIMIENTO. REVDER (Concepc) [Internet]. 2021;89(250):219–58. Available from: http://dx.doi.org/10.29393/rd250-6pamp20006
7. Aragón Chapi WR, Moya Altamirano DR, García Segarra HG. Celeridad procesal en la ejecución de acta de mediación en los juicios de prestación de alimentos. Lex [Internet]. 2024;7(26):1155–71. Available from: https://www.revistalex.org/index.php/revistalex/article/view/326
8. García-Párraga LJ. Derechos constitucionales y citación oportuna al demandado por alimentos. IUSTITIA SOCIALIS [Internet]. 2022;7(13):4. Available from: http://dx.doi.org/10.35381/racji.v7i13.1926
9. Rescia VMR. EL DEBIDO PROCESO LEGAL Y LA CONVENCIÓN AMERICANA SOBRE DERECHOS HUMANOS [Internet]. Corteidh.or.cr. 2020. Available from: https://www.corteidh.or.cr/tablas/a17762.pdf.
10. Martínez Barra CA. Personal and Technical Profile of Psychotherapists: An Analysis of Competencies and Challenges. Scientific Journal Care & Tech. 2024;2(2):80-104.
11. Marín Cali EM, Ramon Galarza LM, Gallegos Avendaño MC. La obligación de alimentos pre natales y la incidencia en los derechos del presunto progenitor. pacha [Internet]. 2023;4(11):e230194. Available from: https://revistapacha.religacion.com/index.php/about/article/view/194
12. Cano Turnes MA. Multidimensional Strategies to Promote and Sustain Exclusive Breastfeeding in Clinical Practice. Scientific Journal Care & Tech. 2024;2(2):52-63.
13. Flores-Catuto AM, Garcia-Segarra HG. Los efectos jurídicos de la Acumulación de Autos en los Juicios de Prestación de Alimentos. MQRInvestigar [Internet]. 2024;8(4):495–516. Available from: http://www.investigarmqr.com/ojs/index.php/mqr/article/view/1814
14. Acevedo-Osorio GO, Trujillo-Trejos I, Ramírez-Echeverry MY. Knowledge, attitudes, and practices regarding the prevention of human papillomavirus in school students, Pereira-Colombia. Scientific Journal Care & Tech. 2024;2(2):23-39.
15. Juma Viteri LE, Fajardo Romero CJ. Análisis de los tiempos procesales en el juicio de alimentos frente a su posible vulneración al principio de celeridad en el cantón Cuenca. Alfa Publicaciones [Internet]. 2024;6(1):6–23. Available from: https://www.alfapublicaciones.com/index.php/alfapublicaciones/article/view/431
FINANCIACIÓN
Los autores no recibieron financiación para el desarrollo de la presente investigación.
CONFLICTO DE INTERESES
Los autores declaran que no existe conflicto de intereses.
CONTRIBUCIÓN DE AUTORÍA
Conceptualización: Rosa Evelyn Chuga Quemac, Roberth Alexander Anamá Tiracá, Washington Bolivar Martínez Cuastumal, Frank Denis Puetate Yar.
Investigación: Rosa Evelyn Chuga Quemac, Roberth Alexander Anamá Tiracá, Washington Bolivar Martínez Cuastumal, Frank Denis Puetate Yar.
Metodología: Rosa Evelyn Chuga Quemac, Roberth Alexander Anamá Tiracá, Washington Bolivar Martínez Cuastumal, Frank Denis Puetate Yar.
Redacción – borrador original: Rosa Evelyn Chuga Quemac, Roberth Alexander Anamá Tiracá, Washington Bolivar Martínez Cuastumal, Frank Denis Puetate Yar.
Redacción – revisión y edición: Rosa Evelyn Chuga Quemac, Roberth Alexander Anamá Tiracá, Washington Bolivar Martínez Cuastumal, Frank Denis Puetate Yar.